16.9.09

Restableciendo la justicia para inmigrantes en Estados Unidos, o por lo menos intentándolo

La campaña “Restablezcamos Justicia” está dirigida al gobierno de los Estados Unidos para restablecer el debido proceso y la justicia en el sistema de inmigración.

Para nadie es secreto que las políticas migratorias norteamericanas han caído en abismos, tanto así que muchas prácticas constituyen crímenes en sí mismas. Otras, son vulneraciones graves del Derecho internacional, así, se señala que en los últimos años ha habido un recrudecimiento severo de legislaciones contra migrantes, lo que ha resultado en la expulsión de más de un millón de inmigrantes en los últimos tres años. Esto ha provocado una precarización de las condiciones de vida de los migrantes, y facilita la explotación de los mismos en empresas que no son sancionadas, ya que el objetivo son los propios inmigrantes. En suma, un círculo vicioso de abuso y explotación. (Ver: Los Otros Estados Unidos: represión, marginación y resistencias de base en EEUU)

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En el video que sigue (en inglés) elaborado por Breakthrough, podemos ver las propuestas de la campaña, en voces de congresistas que buscan el cambio de esta normativa, líderes de la sociedad civil, así como de tres víctimas, que cuentan sus terribles experiencias.

Los temas centrales de esta campaña son: primero, el acceso a la justicia en la corte, ya que las decisiones de los jueces no son tomadas caso por caso sino que la normativa los obliga a ordenar la detención o deportación, en casos en los que estas medidas son excesivas y vulneradoras. El segundo tema clave es la detención contra personas vulnerables, incluidos solicitantes de asilo, residentes permanentes, madres embarazadas o niños; así como las condiciones de la detención, que se caracterizan por el aislamiento total de detenido. El último tema problemático es la aplicación de las leyes migratorias, que se realiza mediante redadas en casas y centros de trabajo, atropellando la dignidad de las personas sobretodo sobre una base discriminatoria.

Does God hate women?

El título de este post es el nombre de un libro escrito por los filósofos Ophelia Benson and Jeremy Stangroom, el libro explora el papel que la religión desempeña en la cultura de opresión de la mujer. Llegue a este libro de casualidad, justo al estar leyendo una noticia reciente de la liberación, en Sudán, de una periodista sudanesa que fue condenada por indecencia pública al vestir un pantalón. Este caso es emblemático de la existencia de discriminación de género que sucede no solo en Sudán sino también en otros estados sean islámicos o no.

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Algo que hacemos a diario, que no nos molesta en lo más absoluto a las mujeres hoy en día, a otras les puede costar 40 latigazos o un mes en la cárcel. Las noticias como estas, o peores, son comunes; sino es alguna castigada por no usar velo, es apedreada por haber sido violada y por tanto cometió adulterio, o una menor de edad es prometida en matrimonio por sus padres con un hombre que le cuadriplica la edad.

No es un problema de sistemas jurídicos dispares, en los que se acusa a los sistemas occidentalizados más desarrollados, el imponer su cultura jurídica a otros sistemas con principios y procedimientos diferentes, esto es un asunto de dignidad humana. El Derecho Internacional de los Derechos Humanos comprende regulaciones que van más allá de las diferencias entre las culturas, reconoce la existencia de valores universales.

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Lubna Hussein, con los pantalones “indecentes” que llevaba cuando fue detenida.
Fuente: El País

A pesar que el lugar de la mujer en el mundo industrializado ha mejorado enormemente en los últimos cien años; y en los últimos cuarenta años ha variado especialmente en términos sociales, culturales y políticos; en el resto del mundo, muchas mujeres siguen llevando una vida de miseria y horror. Pero la religión parece ser una excusa para la puesta en práctica de esta “misoginia”, varios ejemplos los leí en un artículo de Nick Cohen, Turning a blind eye to Misogyny, en el que enumera:

“(…) las leyes que regulan el adulterio en la Sharia establecen que una mujer violada debe enfrentar la tarea imposible de proporcionar cuatro testigos varones para justificar su alegación o ser declarada culpable de adulterio. Cuando los violadores dejan embarazadas a las mujeres paquistaníes, el tribunal considera a su abultado vientre como prueba contra ellas. En Nigeria, los tribunales islámicos no solo castigan a las mujeres violadas por adulterio, sino que ellas enfrentan un castigo adicional de una paliza por hacer falsas acusaciones contra los "inocentes" hombres. En Israel, sectas ultra-ortodoxas de Jerusalén golpean a la mujer que es vista en compañía de hombres casados. En los Estados Unidos, los fundamentalistas de la Iglesia de los Santos de los Últimos Días dan a adolescentes, en matrimonios arreglados, a hombres muy mayores y les dicen que deben satisfacer por completo a sus deseos. En Arabia Saudita, las mujeres viven en un estado teocrático que las detiene al caminar solas en la calle, al conducir un coche, y al hablar con hombres que no son de su familia.”

Como es de general conocimiento, los límites que se pueden imponer a la libertad de pensamiento, de religión y de conciencia se especifican con toda claridad en los tratados internacionales, muchos de estos tratados han sido ratificado por varios países islámicos, incluido Sudán, pero ojo que esto no es necesario para el respeto del llamado núcleo duro de los derechos humanos. El Derecho Internacional ha permitido innumerables desarrollos que observamos sin darnos cuenta en nuestra vida diaria, ¿cuánto falta para que dejemos de escuchar noticias como esta? ¿que se necesita para que se de el cambio de estas normas? Lo desalentador es que existe una doble vulneración, la primera, en establecer regulaciones arbitrarias u obscuras; y la segunda vulneración viene con la falta de acceso a recursos que puedan cuestionar decisiones o normas arbitrarias. Ambas situaciones son violatorias del Derecho internacional, pero la segunda es el obstáculo que no permite que las voces de las mujeres o de la sociedad, se escuche y por tanto que no se pueda cambiar la situación.

La presión internacional ha sido efectiva en el caso de Lubna Hussein, no fue azotada como parece ser que sucedió con las otras mujeres que la acompañaban, ella renunció a su cargo como funcionaria de la Misión de las Naciones Unidas en Sudán para no apoyarse en su inmunidad y protestar por su detención, asimismo se negó a pagar la multa para no darle legitimidad a un veredicto que consideraba injusto; hoy ya se encuentra en libertad porque el sindicato de periodistas pagó la multa.

15.9.09

Informe de las Naciones Unidas sobre el Conflicto en Gaza 2008

Ya salió el Informe de la Misión Investigadora de las Naciones Unidas sobre el conflicto en Gaza (en inglés/6.49 MB), dirigida por Richard Goldstone, en el que concluye que existe evidencia que indican la existencia de graves violaciones a los derechos humanos  y al Derecho humanitario cometidas por Israel durante el conflicto de Gaza, además se señala que las acciones que cometió Israel constituyen crímenes de guerra y posiblemente crímenes de lesa humanidad. FactFindingMission

Asimismo se concluye que existe evidencia de que los grupos armados palestinos cometieron crímenes de guerra, y posiblemente crímenes de lesa humanidad, en los actos de lanzamiento de cohetes y morteros al sur de Israel.

El acuerdo de la creación de la misión siguió a la adopción el 12 de enero de 2009, de la resolución S-9/1 del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas al final de su 9ª Sesión Especial. En el curso de su trabajo, los miembros de la Misión realizaron visitas a Gaza, pero no a Israel por el rechazo del Gobierno israelí. Asimismo se realizaron audiencias públicas en Gaza y en Ginebra (videos), en las que más de 40 testigos, víctimas y expertos brindaron sus testimonios.

doc4a57682e655c7421516461El Informe tiene 575 páginas de extensión y se divide en cinco partes: 

  1. Contiene la metodología usada por la Comisión, el contexto, los eventos ocurridos entre el cese del fuego entre Israel y las autoridades de Gaza (18/06/2008) y el inicio de las operaciones militares de Israel (27/12/2008), así como el derecho aplicable.
  2. La segunda parte se refiere al territorio palestino ocupado, la Franja de Gaza; en una primera sección, las operaciones militares conducidas por Israel, los ataques a los edificios gubernamentales, las obligaciones de las partes de proteger a la población civil en la Franja, la naturaleza de los ataques (indiscriminados), el uso de ciertas armas prohibidas, el ataque a fuentes de recursos para la vida de los palestinos, el uso de civiles palestinos como escudos humanos, la privación de libertad de civiles de gaza por fuerzas israelíes, los objetivos y estrategias israelíes, el impacto de los ataques en la población civil. En una segunda sección, describen la violencia interna, lo referido al tratamiento de los civiles palestinos en Israel, su detención y las restricciones a la libertad de movimiento y acceso.
  3. La tercera parte se refiere al Estado de Israel, al impacto sobre los civiles del los ataques de cohetes y morteros dirigidos por los grupos armados palestinos al sur de Israel, a la represión de los disidentes en Israel y al acceso a la información de los defensores de los Derechos Humanos.
  4. La parte cuarta analiza las acciones realizadas para el establecimiento de responsabilidades, las respuestas de Israel a las acusaciones de violaciones de parte de sus fuerzas armadas contra los palestinos, los procedimientos ante las autoridades palestinas, el uso de la jurisdicción universal, las reparaciones a las víctimas.
  5. Finalmente la quinta parte presenta las conclusiones y recomendaciones.

christine-chinkinObviamente Israel no aceptará las conclusiones del Informe, incluso se realizaron críticas directas contra los miembros de la misma: Richard Goldstome y Christine Chinkin, sin embargo es un paso para animar a los internacionalistas en buscar soluciones novedosas a través de la Corte Penal Internacional, y de manera más clara, en aplicar la Jurisdicción Universal (Ver entrada de mi blog Jurisdicción Universal sobre el tema) para establecer responsabilidades y evitar la impunidad.

Otras entradas sobre este tema:

Blog PhD studies in human rights del Prof. William Schabas.

"Goldstone Report Finds War Crimes, Crimes Against Humanity in Gaza"
http://humanrightsdoctorate.blogspot.com/2009/09/goldstone-report-finds-war-crimes.html

Blog Opinio Juris. 
"Goldstone Commission Report Released", por Kevin Jon Heller
http://opiniojuris.org/2009/09/15/goldstone-commission-report-released/